Extranjeros
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Descripción del trámite: Es el acto mediante el cual se autoriza la extensión de la estancia en el territorio nacional a un extranjero, cubano emigrante y residente en el exterior o por interés de un organismo.
Requisitos:
a) Pasaporte y visa de entrada a Cuba.
b) Póliza de seguro médico
c) Reservación hotelera o registro de alojamiento en viviendas particulares.
d) En aquellos casos que se alojen en viviendas no acogidas al decreto Ley 171, se requerirá para el trámite de la presencia física y carné de identidad del familiar o amistad que lo represente.
e) Pago de impuesto en sellos de timbre conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Base legal que respalda el trámite:
Costo: $ 25 CUC
Tiempo de duración aproximado: (en el día y según nivel de decisión).
Formatos: planillas AO-3
Descripción del trámite: La Residencia Permanente se tramita por los extranjeros interesados en fijar su residencia en Cuba junto a padres, hijos, cónyuge cubanos o extranjeros residentes permanentes en Cuba.
Requisitos:
a) Carta de solicitud personal
b) Modelo Biográfico.
c) 4 Fotos 1x1
d) Certificado de Nacimiento del titular (traducido y legalizado en el Consulado Cubano en el exterior)
e) Certificado de Antecedentes Penales (traducido y legalizado en Consulado Cubano en el exterior)
f) Certificado de Matrimonio acorde a las leyes cubanas (No exceder de 6 meses)
g) Certificado de Nacimiento de hijos cubanos
h) Chequeo Médico realizado en Clínica Internacional (de emitirse en el exterior debe estar traducido y legalizado en el Consulado Cubano en el exterior)
i) Consentimiento Notarial del propietario de la vivienda donde residirá.
j) Documento que demuestre solvencia Económica.
k) Pago de impuesto en sellos del timbre, conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios
Base legal que respalda el trámite:
Costo: $40.00 CUC
$10.00 CUC expedición del carné de identidad para extranjeros
Tiempo de duración aproximado: 90 días.
Formatos: modelo biográfico
Descripción del trámite: Es el acto mediante el cual se modifica en el territorio nacional la motivación de viaje a los extranjeros.
Requisitos:
a) Pasaporte y visa de entrada a Cuba.
b) Certificación de matrimonio o nacimiento, si lo requiere.
c) Póliza de seguro médico
d) Pago de impuesto en sellos de timbre conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios.
e) Reservación hotelera o registro de alojamiento en viviendas particulares.
f) En aquellos casos que se alojen en viviendas no acogidas al decreto Ley 171, se requerirá para el trámite de la presencia física y carné de identidad del familiar o amistad que lo represente.
Base legal que respalda el trámite:
Costo: $ 40 CUC
Tiempo de duración aproximado: en el día.
Formatos: Modelo AO-3
Descripción del trámite: Es la acción declaratoria que se ejecuta ante los órganos de Identificación, Inmigración y Extranjería por los extranjeros y cubanos residentes en el exterior que hayan extraviado o deteriorado sus visas o habilitación de entrada, según corresponda, durante su permanencia en el territorio nacional.
Requisitos:
a) Pasaporte y visa de entrada a Cuba.
b) Reservación hotelera o registro de alojamiento en viviendas particulares.
c) En aquellos casos que se alojen en viviendas no acogidas al decreto Ley 171, se requerirá para el trámite de la presencia física y carné de identidad del familiar o amistad que lo represente.
d) Pago de impuesto en sellos de timbre conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios
Base legal que respalda el trámite:
Costo: $ 5 CUC
Tiempo de duración aproximado: en el día.
Formatos: Modelo AO-3.
Para enviar los reportes de registro de huéspedes en viviendas o habitaciones, los arrendatarios deben hacerlo por el portal caseros o enviar un mensaje, este cambio surte efecto a partir del día 4 de junio de 2018.
1- Para acceder al portal caseros debe hacerlo por la siguiente dirección: https://casero.rem.cu. Esta vía tiene la ventaja de que facilita el reporte de los huéspedes desde su residencia, en cualquier momento del día, siempre dentro de las 24 horas de iniciado el hospedaje, por lo que no requiere su presencia en las oficinas. Además le permite visualizar los huéspedes con hospedaje activo y todos los que ha tenido registrado, a partir del rango de fecha que usted determine. También podrá establecer desde su domicilio cualquier duda al consultar el manual de ayuda al casero contenido en cada módulo.
2- Para reportar el huésped vía SMS usted envía: Registro del Huésped y recibe: Nombree, ciudadanía y código de confirmación. Luego envía: Código de confirmación y recibe: Código de registro.
Debe hacerlo a través del número 7344, de la siguiente forma:
Solicitud de registro de huéspedes:
HCpasaporte_cantidad de días Ejemplo: hcj1459863 5
Solicitud de registro de acompañantes:
HCpasaporte_CI_cantidad de días Ejemplo: hcj1459863 89092120806 5
Código de confirmación del registro:
HC código de confirmación Ejemplo: hc2568
Para más información puede llamar al 18808
Notas:
Para utilizar el servicio debe llamar al 18808 para asociar su número de celular a su usuario.
El proceso de registro no se realiza hasta que no se confirma.
En el caso de los acompañantes, el huésped cuyo pasaporte se envía en el SMS ya dene estar registrado para ese casero.
Las siglas HC deben encabezar todos los SMS y las mismas no son sensibles a mayúsculas o minúsculas.
Los registros se realizan uno a uno.
La solicitud de registro expira a las 6 horas de haber sido enviada, pasado ese tiempo no es posible confirmar.
Si el SMS no cumple con el formato definido, es ignorado, por lo que el casero no recibe SMS de respuesta.
Descripción del trámite: Acto para reconocer la ciudadanía cubana a los extranjeros, hijos de padre o madre cubanos para avecindarse en el territorio nacional.
Requisitos:
Base legal que respalda el trámite:
Costo: sin gravamen.
Tiempo de duración aproximado: 90 días.
Formatos:
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