Inició en Guantánamo sesión ordinaria de la Asamblea Provincial del Poder Popular

Rafael Pérez Fernández, miembro del Comité Central del Partido y su primer secretario en la provincia de Guantánamo, y Rosalina Fournier Frómeta, recientemente ratificada como miembro del Consejo de Estado, asisten a la décima sesión ordinaria de la Asamblea provincial del Poder Popular, correspondiente al duodécimo período de mandato, la cual sesiona este sábado 12 de octubre, desde las 2:00 pm, y el domingo 13, desde las 8:30 am, en el teatro de la sede del Órgano de Gobierno.
En la apertura de la sesión, Emilio Matos Mosqueda, presidente de la Asamblea, informó que la agenda de trabajo para los dos días contempla el análisis de los acuerdos de sesiones anteriores, el informe de la Comisión Permanente de Asuntos Económicos sobre la ejecución del presupuesto al cierre del primer semestre de 2019, así como la elección de los jueces profesionales y los movimientos de cuadros.

También se incluyen las rendiciones de cuenta de la Asamblea del Poder Popular del municipio de Guantánamo, y del Consejo de Administración provincial acerca de la atención a los planteamientos de los electores, además del Informe de la Comisión Permanente de Trámites y Servicios, sobre los resultados de la aplicación del trabajo por cuenta propia.
En la cita, a la que asiste el 92 por ciento de los delegados, Matos Mosqueda leyó la histórica carta del Che Guevara a Fidel Castro en su despedida hacia la inmortalidad, dada a conocer el 3 de octubre de 1965, cuando el Partido Unido de la Revolución Socialista adoptó el nombre de Partido Comunista de Cuba y se presentó su primer Comité Central.
¿CUÁLES SON ALGUNAS DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS ASAMBLEAS PROVINCIALES DEL PODER POPULAR?
- Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado;
- Aprobar y controlar, conforme a la política acordada por los organismos nacionales competentes, la ejecución del plan y del presupuesto ordinario de ingresos y gastos de la provincia;
- Elegir y revocar al Presidente y Vicepresidente de la propia Asamblea;
- Designar y sustituir al Secretario de la Asamblea;
- Participar en la elaboración y control de la ejecución del presupuesto y el plan técnico-económico del Estado, correspondiente a las entidades radicadas en su territorio y subordinadas a otras instancias, conforme a la ley;
- Controlar y fiscalizar la actividad del órgano de administración de la provincia auxiliándose para ello de sus comisiones de trabajo;
- Designar y sustituir a los miembros del órgano de Administración provincial, a propuesta de su Presidente;
- Determinar conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, educacionales, de salud, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas al órgano de Administración provincial;
- Adoptar acuerdos sobre los asuntos de administración concernientes a su demarcación territorial y que, según la ley, no corresponda a la competencia general de la Administración Central del Estado o a la de los órganos municipales de poder estatal;
- Aprobar la creación y organización de los Consejos Populares a propuesta de las Asambleas Municipales del Poder Popular;
- Revocar, en el marco de su competencia, las decisiones adoptadas por el órgano de administración de la provincia, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptadas en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado.
