Estos se ofertan para los siguientes bienes:
Los requisitos fundamentales que se exigen para el aseguramiento de estos bienes son: el cumplimiento de las normas constructivas y de uso determinadas por los fabricantes de los mismos, así como los requisitos de almacenamiento de las producciones terminadas y los insumos en almacenes.
Cuando el cultivo asegurado se ve afectado por un siniestro, el monto a indemnizar se calculará aplicando el tanto por ciento establecido para cada cultivo, al valor de la pérdida reflejado en el acta de inspección luego de aplicada la cuantía que debe ser asumida por el productor.
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CULTIVO |
% de indemnización |
CULTIVO |
% de indemnización |
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Tabaco tapado |
- |
Tabaco sol |
65 |
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Café |
65 |
Cacao |
70 |
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Siembra de caña |
- |
Cultivos de Caña |
60 |
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Arroz |
60 |
Granos |
60 |
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Plátano fruta y vianda |
70 |
Yuca |
80 |
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Malanga y ñame |
80 |
Boniato |
65 |
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Papa |
65 |
Hortalizas |
65 |
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Melón |
60 |
Tomate |
65 |
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Ajo |
65 |
Cebolla |
65 |
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Pimiento |
65 |
Cultivos protegidos |
70 |
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Cítricos |
70 |
Frutales |
70 |
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Semillero |
- |
Viveros |
- |
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Forestales |
- |
Organopónico |
80 |
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Cultivo temporal de flores |
65 |
Fomento plátano |
- |
De igual forma se cubre: Asfixia, parto patológico, timpanismo y complicaciones operatorias y postoperatorias, siempre que dichas intervenciones hayan sido realizadas por personal veterinario.
Como elementos fundamentales a tener en cuenta en el proceso de concertación del seguro se encuentran: el estado de las instalaciones, aseguramiento de la alimentación requerida, cumplimiento de las medidas higiénico sanitarias, planificación y cumplimiento de las medidas médico-veterinarias (fundamentalmente la vacunación).