Una herramienta que calcula los tributos que las empresas estatales y las unidades presupuestadas retienen a sus trabajadores, cumpliendo con lo establecido en la Resolución 41 de 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, MFP, está publicada y lista para usar en la sección Descargas/Modelos y Formularios del Portal Tributario.
La citada herramienta fue elaborada en Microsoft Excel por la Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT, y se denomina Hoja de trabajo para cálculo de retenciones del Impuesto sobre Ingresos Personales y Contribución Especial a la Seguridad Social Sector Estatal y Presupuestado.
Este archivo Excel calcula automáticamente los tributos, cuando se coloca el monto total correspondiente a las remuneraciones que las entidades estatales pagan a sus trabajadores y están gravadas por los mencionados tributos.
Dentro de dichas remuneraciones se incluyen las salariales, la distribución de utilidades y otras no salariales recibidas por el trabajador como resultado de su trabajo, así como las pagadas al personal vinculado a los programas y proyectos de la Ciencia.
Aunque constituye una facilidad creada para que las empresas y unidades presupuestadas calculen los mencionados tributos y sepan lo que tienen que retener a cada trabajador, al publicarla en el portal, la ONAT facilita igualmente que cualquier asalariado que lo desee pueda descargar y usar esta herramienta para conocer cuánto se le descontará y planificar su economía doméstica.
La citada Resolución 41 del MFP fue publicada en la Gaceta Ordinaria No. 20 de 2023 y es posible obtenerla en la sección Legislación del portal.
Estos tributos tienen que ser aportados mensualmente al Presupuesto del Estado por las empresas y unidades presupuestada en los términos y de la manera siguiente:
- La CESS es retenida y aportada por del párrafo 082023 “Contribución Especial de Trabajadores a la Seguridad Social. Retenciones” del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado, dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.
- El Impuesto sobre los Ingresos Personales se retiene y aporta dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, mediante el párrafo 052042 “Impuesto sobre Ingresos Personales–Trabajadores”.
Facilitar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias es uno de los objetivos principales de la ONAT, y esta herramienta que ahora promocionamos y ponemos a disposición de los contribuyentes está hecha justo a la medida de esa misión institucional.
¡Esperamos que les sea de mucha utilidad!
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