La prima de seguro es anual y se determina aplicando al valor del bien asegurado las tarifas correspondientes, se pagará en el momento de la emisión o renovación de la póliza, salvo pacto en contrario establecido en las condiciones particulares, anualmente, o en plazos semestrales o trimestrales. Si por responsabilidad del Asegurado la prima no ha sido pagada a su vencimiento, la Aseguradora tendrá derecho a cancelar el contrato, a exigir el pago de la prima debida, o a suspender las garantías que ofrece el seguro, por el término de 30 días, en cuyo caso la Aseguradora quedará liberada de la obligación de pago de los siniestros acaecidos, salvo pacto en contrario.
Este producto podrá ser comercializado en pesos cubanos y en pesos convertibles, a través de la red de agentes de seguros con que cuenta la ESEN.
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